miércoles, 3 de julio de 2013

Firman Protocolo que exonera a jóvenes Víctimas del servicio militar



La Unidad paras las Víctimas y el Ministerio de Defensa Nacional, firmaron el Protocolo que determina los parámetros de interoperabilidad e intercambio de información, rutas de acceso y demás criterios operativos necesarios para el efectivo funcionamiento de las medidas de exención del servicio militar, desincorporación y entrega de libretas militares a víctimas del conflicto armado interno.


El documento constituye un insumo necesario para los avances en la implementación de la Ley de Víctimas, entre las diferentes entidades que hacen parte del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas.

Dicho Protocolo está contemplado en la Ley 1448, donde se establecen medidas para la exención del servicio militar obligatorio y se fijan otras medidas como la desincorporación y la entrega de libretas militares.

Para tal fin, la Dirección de Reclutamiento y Control de Reservas del Ejército garantizará que todas las zonas y distritos de reclutamiento del país cuenten y accedan de manera obligatoria a la herramienta tecnológica que entrega la Unidad para la acreditación de la inclusión en el Registro Único de Víctimas, de tal manera que todos los jóvenes víctimas puedan acceder sin ningún tipo de restricción a las medidas mencionadas.

Esa tarea compete a los comandantes de zonas y distritos militares del Ejército Nacional, al comando de Infantería de Marina y las direcciones del Ejército, de Reclutamiento y Reserva Naval, de Personal de la Jefatura de Seguridad y Defensa de la Fuerza Aérea, de Incorporación de la Policía Nacional y la Subdirección de Soldados de Seguridad y Defensa de la Fuerza Aérea.

La medida hace énfasis en la necesidad de que la víctima se acerque a cualquier unidad militar o de policía y defina su situación militar.

Los jóvenes que acceden a este derecho deben aportar solamente los siguientes documentos:

1.           Cédula de Ciudadanía y fotocopia ampliada al 150%
2.           Fotocopia de la cédula de ciudadanía de los padres (solo ampliada para menores de 25 años)
3.           Copia del Registro Civil de nacimiento
4.           4 fotos 3 x 3.5 fondo azul traje formal
5.           Fotocopia del acta de diploma de grado, en caso de ser bachiller 

El Protocolo también contempla la ruta para la desincorporación, es decir, que según el documento, es posible que las víctimas que hayan sido incorporadas, puedan ser desincorporadas de acuerdo con lo establecido en la Ley 1448 (Artículo 179).

Para ello, el soldado o infante de marina que manifieste su interés de retirarse deberá enviar solicitud ante comandante de la unidad en la que se encuentre, y para el caso de auxiliares de policía esta solicitud deberá ser enviada al director o comandante de la Policía Metropolitana o del Departamento con copia del documento de identidad.

Este protocolo contará con un amplio proceso de socialización en todo país, para lo cual se tienen contempladas jornadas especiales orientadas a la definición de la situación militar de jóvenes víctimas en todo el territorio nacional.


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