lunes, 15 de julio de 2013

Gobernación de Risaralda inicia proceso de implementación del Código Postal


Pereira, 15 de Julio de 2013. La Gobernación de Risaralda a través de la Secretaría Administrativa del Departamento, ya inició el proceso de implementación del Código Postal, dando cumplimiento al Decreto No 0852 del 2013 emitido por el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Dicho Decreto establece los términos y condiciones para la adopción del Código Postal en el Territorio Nacional, con el firme objetivo de sacarle el mayor provecho a la herramienta.


Este Mecanismo permitirá además de identificar comunidades específicas y organizar zonas, facilitar procesos logísticos y favorecer el desarrollo de proyectos sociales, entre otros.

“Es importante aclarar que el Decreto No 0852 del 2013, establece que el Código Postal rige sólo para las entidades y organismos del sector público nacional y territorial, que deberán incorporar el Código en las bases de datos pertinentes y de uso continuo como destinatarios de acuerdo a su actividad”,manifestó la Secretaria Administrativa, Yormen Nery Molina.

Este servicio también beneficia a las personas naturales o jurídicas. Las primeras verán el mejoramiento del servicio tanto en la llegada oportuna y a tiempo de la correspondencia, además de complementar la dirección física cuando realice compras a través de Internet y poder ubicar sitios de interés. Mientras que las personas jurídicas, podrán ubicar las zonas de reclamos, carteras vencidas o servicios a mejorar.

A continuación se dan a conocer los Códigos Postales de la Gobernación de Risaralda y las 14 alcaldías del departamento:

Gobernación de Risaralda: 660004

Alcaldías
Apía: 664001
Balboa: 662010
Belén de Umbría: 664040
Dosquebradas: 661002
Guática: 664010
La Celia: 662030
La Virginia: 662001
Marsella: 661040
Mistrató: 664020
Pereira: 660002
Pueblo Rico: 663011
Quinchía: 664001
Santa Rosa de Cabal: 661020
Santuario: 663001


Datos de Interés

• El Código Postal se compone de 6 números, los dos primeros hacen referencia al departamento, teniendo en cuenta la codificación del DANE, los dos siguientes corresponde a los municipios y los dos últimos dígitos corresponde a los distritos postales al interior del municipio.

• La  Ley 1369 de 2009,  estableció la  utilización del Código Postal en la República de Colombia,  y radicó en  cabeza  del  Ministerio de Tecnologías de la Información y  las Comunicaciones, las funciones de estructurar, administrar y difundir el Sistema de Codificación Postal.

• De acuerdo con el Artículo Tercero del Decreto 0852 del 25 de abril de 2013, se entiende por Destinatarios lo siguiente: “Son destinatarios de estas disposiciones las entidades  y  organismos del  sector  central  y  descentralizado  de  la  administración pública  en  el  nivel  nacional  y territorial,  las  cuales  deberán  adoptar  el  "Código Postal", en  los términos indicados por este decreto.


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